Ayuda Subvención hasta 200.000€ para digitalización de Pymes del sector comercio y artesano de la Comunidad de Madrid. Idento.

¿Qué es esta ayuda?

Se trata de una convocatoria de subvención procedente de fondos europeos para el sector del comercio y artesano, con ayudas directas muy importantes (hasta 200.000€) orientadas a la digitalización y mejora tecnológica, que en el caso de la Comunidad de Madrid acaba de abrir el plazo y cubre la realización de proyectos de este tipo en 2023, incluso si se han iniciado antes (desde el 1 de enero de 2023).

Se establecen dos líneas de ayudas:

a) Línea destinada a las pequeñas y medianas empresas y a las personas titulares de empresas individuales del sector comercial. 

b) Línea destinada a las asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro.

Para la primera línea, destinada a PYMES, pueden beneficiarse de ellas las empresas y personas titulares de empresas individuales del sector del comercio que tengan la consideración de PYME:

  • La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los códigos (CNAE 2009): 45 (Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas), 46 (Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto vehículos de motor y motocicletas) o 47 (comercio al por menor excepto de vehículos de motor y motocicletas), y ser ejercida en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  • En el caso de comercio no sedentario, se admitirán exclusivamente las modalidades de venta en mercadillos y el comercio itinerante en vehículos-tienda o canales cortos de comercialización. La actividad principal de la empresa debe ser la venta ambulante.

Para la segunda línea, destinada a las asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro, los principales requisitos son:

  • Legalmente constituidas y con sede social en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  • Tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial
  • En el caso de asociaciones multisectoriales, que agrupen al menos al 30% de socios cuya actividad se encuadre dentro de los códigos CNAE 2009 45, 46 o 47

¿Para qué puedes solicitar esta ayuda?

De los servicios que prestamos en Idento y que entran en esta ayuda, podemos trabajarte lo siguiente:

  • Hacer una página web, tienda online o mejorar la que tienes.
  • Realizar acciones de mejora de la usabilidad y experiencia de usuario.
  • Acciones de posicionamiento SEO.
  • Analítica Web.
  • Publicidad digital.
  • Diseño de Apps (podemos llevar a cabo la parte de diseño gráfico orientado a UX, el desarrollo/programación lo tendrías que hacer con otra empresa).

Por otro lado, estas ayudas también cubren otras acciones: puesta en marcha de medidas de ahorro energético, instalación de puertas o cierres automáticos, optimización de los procesos logísticos, adquisición de mobiliario y/o equipamiento tecnológico necesario para el ejercicio de la actividad, soluciones de ciberseguridad, implantación de redes wifi en zonas comerciales, aplicación de tecnología big data para mejorar el conocimiento y la prestación de servicios a los clientes.

Si quieres ejecutar alguna de estas acciones date prisa porque los plazos para solicitarla y justificar son muy ajustados. La solicitud se realiza telemáticamente.

Además, para facilitarte el proceso, en Idento contamos con un colaborador especializado que puede ayudarte a solicitarla y/o tramitarla.

Importe de las ayudas

La inversión mínima requerida es de 15.000 euros y la cuantía de la ayuda podrá llegar hasta el 90% del presupuesto aprobado y aceptado por la Dirección general de Comercio y Consumo, excluido todo tipo de impuestos y con un límite de 200.000 euros por beneficiario. En el caso de proyectos que, en el momento de presentación de la solicitud no hayan sido ejecutados, podrá solicitarse el pago anticipado de la ayuda, haciéndolo constar expresamente en la solicitud en el apartado habilitado al efecto.

Puedes justificar gastos realizados entre el 1 enero y el 31 de octubre de 2023, siendo necesario que esos gastos hayan sido efectivamente pagados y justificados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.

El plazo de justificación se indicará con la notificación de la Orden de concesión.

Plazo y lugar de solicitudes

Abierto desde el 11 de abril y hasta el próximo 3 de mayo, inclusive.

Enlaces de interés:

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Contáctanos y te informamos sin compromiso.

 

¡Infórmate de otras ayudas vinculadas con nuestro sector!

En nuestra sección del blog «Ayudas y subvenciones» vamos a ir publicando las diferentes ayudas que vayan surgiendo. También puedes suscribirte a nuestro boletín y todos los meses te enviaremos un email con los últimos artículos del blog publicados.

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